La CNMV autoriza la OPA de EQT sobre Solarpack por 881 millones

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Luz verde a la segunda OPA del año en el sector renovable tras la de IFM sobre Naturgy: El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha autorizado este miércoles la oferta pública de adquisición de acciones de Solarpack anunciada en junio por Veleta BidCo, vehículo inversor del grupo sueco EQT, que controla también Idealista.

La aprobación de la CNMV se produce una vez que el Gobierno ha autorizado la inversión exterior el pasado 29 de septiembre. La oferta se dirige al 100% del capital social Solarpack, compuesto por 33.253.012 acciones, y el precio ofrecido es de 26,50 euros por acción, que se pagará en efectivo.

La oferta es de tipo voluntario y se formula tras los acuerdos del oferente con tres accionistas de Solarpack (José María Galíndez, a través de Beraunberri, S.L.; Pablo Burgos Galíndez, a través de Burgest 2007, S.L., y Antonio Galíndez, a través de Landa, LLC), titulares en conjunto del 50,96% del capital, para su aceptación con sus respectivas participaciones, y la reinversión parcial de los dos primeros.

Aunque la oferta es de tipo voluntario, su precio está sujeto al cumplimiento de los requisitos del artículo 137.2 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores (LMV). A tal efecto, el precio es en efectivo y el oferente ha aportado un informe de valoración de experto independiente que justifica el precio y la respectiva relevancia de los diferentes métodos de valoración aplicados.

La efectividad de la oferta está condicionada a que las aceptaciones comprendan un mínimo de 24.939.760 acciones, equivalentes al 75% del capital social de Solarpack más una acción.

En garantía de la operación, se ha presentado aval por 881.204.818 euros otorgado por Banco Santander.

El plazo de aceptación será de 22 días naturales a partir del día hábil bursátil siguiente a la publicación del primer anuncio con los datos esenciales de la oferta, finalizando también en día hábil bursátil.

El oferente declara en el folleto que si se cumplen los requisitos del artículo 47 del RD de opas tiene intención de exigir la venta forzosa, lo que conllevaría la exclusión de Solarpack de bolsa. Si no se cumplen dichos requisitos, pero el oferente alcanza el 75% del capital de Solarpack, tiene intención de promover la exclusión de las acciones mediante el procedimiento de exclusión con excepción de oferta pública previsto en el artículo 11.d) del RDOPAS. El informe de valoración mencionado se ajusta a lo previsto en el artículo 10 del RDOPAS. En el supuesto de que el oferente no alcance el 75% y renuncie a la condición de aceptación mínima, manifiesta en el folleto que analizará la conveniencia de mantener las acciones de Solarpack cotizadas o de promover la formulación de una oferta de exclusión.

El folleto y los documentos complementarios, que se incorporarán a los registros públicos de la CNMV, podrán ser consultados al menos a partir del día hábil bursátil siguiente a la publicación del primer anuncio con los datos esenciales de la oferta.

El martes se conoció que Solarpack ha sido una de las adjudicatarias de la subasta de renovables de Colombia, pero la compañía no ha respondido hasta el momento a las preguntas de pv magazine al respecto.

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