Castilla y León prohíbe instalar fotovoltaicas en montes arbolados y regadíos

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La Junta de Castilla y León ha aprobado restricciones para la aprobación de proyectos renovables; en concreto, eólicos y fotovoltaicos. El artículo 13 del Decreto-Ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica aprobado por la Junta de Castilla y León, define los nuevos criterios para su autorización en suelo rústico.

Estas instalaciones no serán autorizables en suelo rústico en terrenos incluidos en la Red de Áreas Naturales Protegidas, salvo en los montes protectores y en los catalogados de utilidad pública (en caso de plantas eólicas) y los montes catalogados de utilidad pública que sustenten aprovechamientos agrícolas autorizados (en caso de plantas fotovoltaicas). Las plantas fotovoltaicas no podrán autorizarse en montes arbolados, independientemente de su titularidad.

Tampoco en terrenos incluidos en áreas críticas de las especies protegidas con un plan de conservación o recuperación; en aquellos ubicados a menos de 500 metros de un bien de interés cultural o a menos de 1.000 metros de los núcleos urbanos en caso de plantas eólicas ,y a menos de 500 metros si son fotovoltaicas.

Tampoco terrenos sobre los que se hayan desarrollado zonas regables, bien mediante la transformación de secano a regadío, o bien mediante la modernización de regadíos.

Se exceptúan las instalaciones de generación de energías renovables para autoconsumo con una potencia máxima de 5 MW, cuya autorización seguirá la tramitación establecida en cada caso. Los Gobiernos regionales solo tiene potestad para tramitar proyectos eólicos y fotovoltaicos de hasta 50 MW de potencia instalada.

 

 

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