BOE: MITECO crea la División de proyectos de energía eléctrica para la tramitación de proyectos con DIA positiva

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El Gobierno comienza a dar respuesta al «día después»: el 25 de enero vencía el plazo de la administración central y las autonómicas para valorar las DIA de proyectos fotovoltaicos y eólicos que evitarían que los promotores no perdiesen los permisos de acceso y conexión que habían recibido en su momento de Red Eléctrica. Una vez tramitados esos permisos, queda desarrollar la siguiente fase: las licencias de construcción, obras, y tramitación de los proyectos que hayan sido autorizados, en algunos casos, con muchos condicionantes.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de hoy publica la Orden TED/189/2023, de 21 de febrero, por la que se crea la División de Proyectos de Energía Eléctrica, «con el fin de dar repuesta a los desafíos que implican el proceso de despliegue de las energías renovables y al crecimiento exponencial de proyectos, para lo que es necesario contar con las estructuras organizativas y con los recursos humanos necesarios para tramitar los proyectos que están en marcha en su aspecto sustantivo», explican desde la Administración.

«Solo en la Administración General del Estado, que tramita los proyectos de más de 50 MW o que afectan a dos o más Comunidades Autónomas, hay en estos momentos 990 proyectos, con una potencia total de 83 GW, en diferentes estados de tramitación», se lee en la introducción.

Se plantea por tanto la necesidad de disponer de una unidad administrativa específica, con personal funcionario, dependiente de la Secretaría de Estado de Energía, que permita acelerar la tramitación de proyectos renovables y contribuir en el corto plazo a una mitigación de los precios de la energía.

Esta unidad también será responsable de la autorización de las instalaciones de transporte y distribución de energía eléctrica competencia de la Administración General del Estado, «al ser el procedimiento de autorización común con el de las instalaciones de generación de energía renovable y por ser estas instalaciones de la red de transporte y distribución también críticas para posibilitar el desarrollo de las energías renovables en nuestro país».

Las funciones de la nueva unidad serán las siguientes:

a) La tramitación de las autorizaciones administrativas previas, de construcción y de declaración de utilidad pública de instalaciones eléctricas, previstas en el apartado 13 del artículo 3 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
b) La elaboración de pronunciamientos sobre la adecuada constitución de las garantías para la tramitación y solicitud de los accesos y conexión a las redes de transporte de las instalaciones de producción de energía eléctrica en el ámbito de la Administración General del Estado.
c) La coordinación de las áreas funcionales y dependencias de industria y energía de las delegaciones y subdelegaciones del gobierno en materia de infraestructuras e instalaciones de energía eléctrica.
d) La llevanza del Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica.

El texto añade que la creación de «la División de Proyectos de Energía Eléctrica a que se refiere esta orden no supondrá incremento del gasto público».

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