El viernes se publicó en el BOE la esperada Circular 1/2024, de 27 de septiembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), cuyo objeto es regular el acceso y la conexión a las redes eléctricas para las instalaciones que demandan energía, asegurando que se cumplan los requisitos necesarios para obtener los permisos correspondientes.
La nueva normativa aspirar promover la flexibilidad y la eficiencia en el acceso y conexión a las redes, lo que supone un cambio de paradigma en el sector eléctrico; y resulta clave para baterías, centros de datos y nuevas industrias electrointensivas frente a los bajos precios de la electricidad renovable.
La Circular 1/2024 regula las claves de qué es y cómo se tramitan los permisos de acceso flexible a las redes eléctricas, que será clave para el desarrollo almacenamiento detrás del contador, que hoy tiene todo tipo de dificultades porque se le deniega la potencia necesaria.
Además, en la Circular se describen los criterios para evaluar la capacidad de las redes y la viabilidad de la conexión: en este momento, la utilización de la potencia instalada de las redes de transporte es inferior al 40% (número estimado de horas al año en las que se utiliza la capacidad instalada) y por debajo del 10% en las de distribución. En la actualidad las empresas de red están denegando miles de MW de demanda de acceso por insuficiente capacidad, sin embargo, cuando se evalúe el acceso flexible, mucha de esa demanda será viable, en particular si se instala almacenamiento.
En concreto, la Circular regula los criterios técnicos para la evaluación de la capacidad de acceso y conexión – se describen los criterios para evaluar la capacidad de las redes y la viabilidad de la conexión–, y se detalla el proceso de solicitud y análisis de las mismas. Se regulan también los motivos para la denegación de acceso, el contenido mínimo de los contratos y la obligación de publicidad y transparencia de la información por parte de los gestores de red. Además, se establecen obligaciones para que los operadores de las redes publiquen información relevante sobre la capacidad disponible en sus infraestructuras, facilitando la toma de decisiones para los nuevos proyectos.
Entre sus principales novedades se incluyen el acceso flexible, la transparencia para la tramitación y la obligación de información.
- Demanda flexible: Se introduce el concepto de capacidad de acceso flexible, que permite a algunas instalaciones de demanda optar de manera voluntaria por un acceso que no garantiza el suministro en todas las horas del año. Se espera que esta medida ayude a la sostenibilidad de las redes y del sistema eléctrico.
- Transparencia y tramitación electrónica: Los gestores de redes deberán mantener accesible y actualizada en su página web/plataformas de tramitación la información detallada sobre las capacidades disponibles.
- Autoconsumo y recarga de vehículos eléctricos: La Circular incluye obligaciones de publicidad de la información relevante para facilitar la toma de decisiones informadas por parte de los promotores de instalaciones de autoconsumo y recarga de vehículos eléctricos.
Para su completa aplicación requerirá desarrollos normativos posteriores: habrá que desarrollar los procedimientos de operación (en el plazo de seis meses), y las distribuidoras deben equiparse de los sistemas que permitan gestionar la flexibilidad. Deberán desarrollarse las Especificaciones de Detalle, que terminen de aterrizar la aplicación de los conceptos y particularidades de la demanda flexible y los criterios técnicos de evaluación de la capacidad. Además, la CNMC debe definir los peajes flexibles.
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